¿Cuándo y cómo se puede renunciar a una herencia?
Generalmente se piensa que al recibir una herencia se va a adquirir una masa patrimonial interesante que mejorará notablemente la economía particular de los sucesores del fallecido. Sin embargo, esto no siempre es así y en ocasiones es contraproducente aceptar esos bienes, derechos y obligaciones heredados ya que entrañan más desventajas que aspectos positivos. Por ello es importante conocer cómo y en qué términos se puede efectuar la renuncia a una herencia.
Una tendencia en aumento
Aunque no exista mucho conocimiento sobre esta práctica, lo cierto es que es una tendencia en aumento en los últimos años en España. Así lo demuestran las cifras del Consejo General del Notariado que reflejan que las renuncias de herencias han aumentado en un 146% en los últimos ocho años. Es más, en el primer trimestre de 2020, y a pesar de que en marzo se iniciara el confinamiento por la pandemia de la Covid-19, se han producido más de 10.000 renuncias en España.
En general los motivos de estas renuncias obedecen a un patrón común: no resulta económico. Esto quiere decir que la aceptación del caudal hereditario conllevaría más deudas que beneficios para los sucesores, porque cabe recordar que cuando se hereda no sólo se perciben bienes o dinero, sino que también existe la posibilidad de heredar las deudas del fallecido.
No obstante también existen otros motivos, como que por ejemplo uno de los coherederos renuncie a la herencia por liberalidad. Un ejemplo posible de esta situación es el de dos hermanos donde uno posee un patrimonio elevado, mientras que el otro no y por ello el primero decide renunciar a la herencia y que sea su hermano quien se beneficie de la totalidad de la misma.
El Impuesto de Sucesiones
Otro de los motivos principales que llevan a muchos individuos a repudiar su herencia es el pago de los impuestos que deben abonarse para poder aceptarla. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o la plusvalía municipal son un quebradero de cabeza para algunos herederos dado que tiene cuotas muy marcadas y diferenciadas en función de la comunidad donde se efectúe.
De esta manera, hay sitios donde se puede llegar a recibir la herencia por una cantidad minúscula, mientras que en otro hay que hacer frente a cantidades más que considerables. Estos son, grosso modo, algunos de los motivos principales que llevan a una persona a renunciar a su herencia, pero, ¿cómo se renuncia a ella?
¿Cómo se renuncia a la herencia?
Si después de analizar la situación particular de cada individuo la decisión final es renunciar a la herencia se deben tener presentes una serie de consignas.
La primera premisa que hay que tener clara es que no hay vuelta atrás. Es decir, una vez se efectúe la renuncia, esta será irrevocable.
La segunda premisa es que se pierde el derecho a herencia tanto para la persona que renuncia, como para sus herederos. Siempre y cuando, eso sí, en el testamento no se indiquen posibles sustitutos.
Por último, como tercera consigna, hay que distinguir dos tipos de renuncia: la renuncia pura, que es gratuita y no se hace frente al Impuesto de Sucesiones, y la renuncia a favor de alguien, donde el heredero sí tendrá que pagar este impuesto y el beneficiario hará lo propio con el Impuesto de Donaciones.
A todo esto hay que añadir que el procedimiento por el cual se hace efectiva la renuncia pasa por realizar una escritura pública ante notario, con un coste próximo a los 100 euros.
¿Quién puede renunciar?
Podrá efectuar la renuncia cualquier persona que aparezca como heredera en una herencia. Esta decisión sólo podrá tomarse cuando haya fallecido el causante, aunque existen una serie de excepciones. Estas son en situaciones donde haya menores de edad o personas discapacitadas por medio, en cuyo caso serán los tutores legales quienes decidan si aceptar o renunciar a la herencia. Para poder efectuar la renuncia necesitarán, eso sí, una autorización judicial.